Higiene Bucodental Dual

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa en su artículo 42 bis define la Formación Profesional dual como el «conjunto de acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tienen por objeto la cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo».

La FP dual nos acerca al modelo de Formación Profesional existente en los países de nuestro entorno y presenta las siguientes ventajas:

  • Para la empresa:
    • Crea cantera de futuros empleados
    • Facilita el reemplazo generacional de la plantilla
    • Adecua la formación a las necesidades
  • Para el alumnado:
    • Mejora la inserción laboral
    • Recibe formación práctica en un entorno real de trabajo
    • Adquiere experiencia laboral
  • Para el centro educativo:
    • Mejora la relación con el entorno empresarial
    • Aumenta la formación práctica
    • Aumenta la demanda de alumnado
    • Favorece la actualización del profesorado: Innovación.

Finalidad.

La colaboración con las empresas, entidades empresariales y profesionales autónomos tiene como finalidad, entre otras, la impartición de los módulos profesionales incluidos en los títulos de formación profesional en las instalaciones de las empresas para garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales.

Las empresas para el desarrollo del programa de formación dispondrán de espacios y personal cualificado y garantizarán las condiciones de seguridad y equipamientos necesarios para proporcionar la adecuada formación al alumnado.

 Características.

La formación del alumnado en la empresa podrá realizarse en una sola empresa o rotando por diferentes empresas. Las actividades formativas se podrán organizar por días a la semana o por semanas. En cualquier caso, el cómputo de horas totales que el alumnado realice, sumando la actividad formativa en el centro docente y la actividad laboral en la empresa, no podrá superar las 45 horas semanales. En los períodos en los que se realice únicamente actividad laboral en la empresa, ésta no podrá exceder de las 40 horas semanales. En cualquier caso, no podrán superarse las horas de cómputo anual establecidas en el convenio colectivo aplicable a la empresa.

La fase de formación en la empresa deberá desarrollarse en horario comprendido entre las 7:00 y las 22:00 horas, y realizarse durante los días lectivos contemplados en el calendario escolar del centro docente.

 Módulos a desarrollar en alternancia:

El proyecto de FP Dual de Higiene Bucodental del IES Santo Domingo se basa en los módulos profesionales asociados a unidades de competencia, y se desarrolla previamente a la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo. Los módulos que se impartirán en alternancia son:

Primer curso:

  • Estudio de la cavidad oral
  • Exploración de la cavidad oral
  • Intervención Bucodental

Segundo curso:

  • Recepción y logística de la Clínica Dental
  • Epidemiología de la salud oral
  • Educación para la salud oral
  • Conservadora, periodoncia, cirugía e implantes
  • Prótesis y ortodoncia

 Responsables: tanto el centro docente como la empresa designarán respectivamente, un responsable por cada alumno o alumna participante, que realizarán el seguimiento de las actividades del programa formativo diseñado.

Duración: la duración del proyecto de formación profesional dual de Higiene Bucodental del IES Santo Domingo será, al menos, la misma que tenga el ciclo formativo de formación profesional de Grado Superior, es decir, un total de 2.000 horas distribuidas en dos cursos.

  • Total de horas en alternancia: 656
  • Total de horas en no alternancia: 994
  • Total de horas de FCT: 350

Durante el primer curso, el alumnado realizará actividades de formación en la empresa colaboradora, a partir del segundo trimestre.

Formación Inicial: todos los módulos profesionales incluidos en el proyecto de formación profesional dual deberán contar con una formación inicial en el centro docente que asegure que el alumnado haya adquirido los conocimientos necesarios que garanticen la formación en la empresa con aprovechamiento, la seguridad y la eficacia y que haya alcanzado los conocimientos básicos en prevención de riesgos laborales.

 Compromiso del alumnado: en el momento de formalizar la matrícula en ciclos formativos de formación profesional que desarrollen un proyecto de formación profesional dual, los alumnos y alumnas susceptibles de participar en él o sus padres, madres o representantes legales, en el caso de ser menores de edad, deberán firmar y entregar el documento donde se deje constancia de haber recibido la información y aceptar las finalidades, características y condiciones de participación del proyecto de formación profesional dual, y los criterios de selección definidos por el centro.

Para ello se utilizará el modelo de compromiso del alumnado, disponible en formato electrónico en el portal de formación profesional andaluza.

El alumnado participante en los proyectos, o sus representantes legales, en el caso de ser menores de edad, deberá autorizar el intercambio de información entre los responsables del centro docente y de la empresa con respecto a su progresión en la consecución de las competencias inherentes al Título en el que se encuentra matriculado a fin de adecuar la programación curricular del ciclo.

Interrupción de la actividad formativa del alumnado participante: la dirección del centro docente, de oficio o a instancia de la empresa, puede interrumpir la actividad formativa correspondiente a la formación profesional dual de un determinado alumno o alumna en los casos siguientes:

  1. Faltas de asistencia repetidas y/o impuntualidad repetida no justificada de acuerdo con el reglamento de régimen interno del centro docente.
  2. Actitud contraria a las normas de funcionamiento de la empresa o no realización de las actividades incluidas en el programa formativo.
  3. Mutuo acuerdo, adoptado entre el alumnado, dirección del centro docente y la entidad.
  4. Bajo rendimiento académico en los estudios cursados en el centro docente.

Si un alumno o alumna interrumpe su actividad formativa correspondiente a la formación profesional dual, las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación y Deporte en coordinación con el centro docente determinarán alternativas a adoptar. Tal circunstancia, deberá reflejarse en el anexo al convenio en el que se recoge el alumnado participante, procediéndose a la modificación del mismo y comunicación a las partes interesadas.

Régimen de compensación al alumnado: el alumnado seleccionado para desarrollar los proyectos de formación profesional dual, cuando no medie el contrato de formación y aprendizaje, podrá ser compensado:

  1. Por parte de las empresas o entidades participantes en el proyecto mediante becas que se otorgarán según las condiciones establecidas en cada convenio. En estos casos, el alumnado estará incluido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. La cuantía, en su caso, de la beca figurará en el Programa Formativo Específico.
  2. Por parte de la Administración educativa mediante la convocatoria de ayudas establecidas.

Procedimiento e instrumentos de evaluación y criterios de calificación del alumnado que desarrolla el Proyecto. Protocolos en caso de abandonos o renuncias.

EVALUACIÓN: la evaluación de los módulos profesionales en alternancia será responsabilidad exclusiva del profesorado queimparte dichos módulos, teniendo en cuenta la información suministrada por el responsable laboral de laempresa, a tal efecto se realizarán entrevistas periódicas entre los responsables laborales y docentes,registrándose datos sobre el aprendizaje del alumnado, posibles incidencias y todos aquellos aspectos quepuedan contribuir al conocimiento de laevolución del mismo, Esta información quedará registrada en loscuestionarios de valoración de las actividades formativas.

INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN:

Fase de Formación inicial en el centro educativo:

  • Pruebas objetivas escritas de tipo test, respuesta corta o desarrollo.
  • Trabajos
  • Realización de actividades de clase

Fase de Formación en alternancia en la empresa:

  • Informe final del tutor laboral: cuestionarios de valoración de las actividades formativas y actitudinales cumplimentados por los responsableslaborales (Recogen una valoración cualitativa)
  • Cuaderno de seguimiento del alumnado.

CRITERIOS DE CALIFICACIÓN:

  • Los criterios de calificación específicos de las fases inicial y en alternancia de cada módulo profesionalquedarán recogidos en las programaciones didácticas correspondientes.
  • La valoración de los responsables laborales se traducirá a una cifra numérica que representa un porcentaje de la nota del módulo profesional. Este porcentaje será definido por el profesorado responsable del módulo yquedará registrado en la programación didáctica del mismo.

Protocolo en caso de que el alumnado no pueda incorporarse a la empresa: si el alumno no puede incorporarse a la empresa por no haber superado la formación inicial o bien renuncia a la formación Dual, supondrá pérdida de derecho a seguir participando en el proyecto. En ambos casos, el alumno/a autorizará su reubicación en otro centro educativo, en función de la disponibilidad de plazas, a criterio de la Administración Educativa.

Finalización: una vez finalizado el ciclo formativo, el secretario o secretaria del centro docente certificará, con el visto bueno del titular de la dirección del centro, que el alumno o alumna ha cursado el ciclo en régimen de alternancia indicando expresamente las empresas en las que se ha formado y el número de horas de formación que ha desarrollado en las mismas, con mención expresa de la formación complementaria recibida.

 ALGUNAS DE LAS EMPRESAS COLABORADORAS PROYECTO 2020/2022

 

Clínica Dental Diseño Sonrisa Roquetas de Mar
Clínica Dental Francisca Chamorro Vicar y Las Norias
Clínica Dental Rabaneda Vícar
Clínica Dental Mª Carmen Gómez Almerimar
Clínica Dental Martín Piqueras Adra
Clínica Dental Mª José Garzón Berja
Clínica Dental Innovadent Berja
Clínica Dental Soldent Santa Mª del Águila y Almería
Clínica Dental Suit Dent Balerma
Clínica Dental Titanium El Ejido
Clínica Dental Castaño El Ejido
Clínica Dental Lupión El Ejido

NÚMERO MÁXIMO DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN EL PROYECTO: 15

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DE PUESTOS FORMATIVOS EN LA EMPRESA:

En la medida de lo posible, se respetarán las preferencias del alumnado. En caso de conflicto, la adjudicación se hará atendiendo a las calificaciones obtenidas por el alumno/a durante el primer trimestre así como la actitud demostrada, el grado de participación, interés y motivación.

El equipo educativo podrá mantener entrevistas personales para valorar cada caso.

Finalmente, el alumno/a tendrá una entrevista personal con el responsable de la empresa cuya opinión será determinante.